Cómo ajustar el monto del alquiler

Cualquier propietario que se decide a alquilar su inmueble, debe saber que puede aplicar diferentes revisiones a la mensualidad a lo largo del tiempo, para ajustar el valor del alquiler a los vaivenes del mercado. Vale destacar igualmente que estas variaciones no pueden ser azarosas o únicamente debido a las necesidades del propietario, porque existen legislaciones que regulan el tema.

En España, cada tipo de vivienda posee un régimen especial en cuanto a la metodología para revisar los alquileres. En el caso de las viviendas de protección oficial (VPO), la renta puede modificarse en forma anual, y para ello deben seguirse las variaciones en el porcentaje del Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios al Consumo (IPC).

Al tratarse de propiedades de venta libre, la revisión de la renta se fijará de acuerdo a la fecha de suscripción del contrato de renta. Si el mismo fue firmado antes del 9 de mayo de 1985, es posible aplicar el pacto libre entre propietario e inquilino, adoptándose habitualmente una actualización cada doce meses, de acuerdo al Índice de Vivienda en Alquiler. Algo similar ocurre con los contratos firmados entre el 9 de mayo de 1985 y el 31 de diciembre de 1994.

Cuando el alquiler se efectivizó a partir del 1º de enero de 1995 a la fecha, durante los cinco primeros años de contrato deberá aplicarse una revisión anual en función del Índice de Precios al Consumo (IPC). A partir del 6º año, la actualización anual podrá pactarse libremente entre propietario e inquilino. Es normal que a partir de ese año se convenga una cifra de actualización que corresponda al doble de lo establecido por el IPC.

Por último, vale destacar un caso especial, el de las viviendas suntuosas. Se denomina de esta manera a los inmuebles que superan los 300 m2, o que registren una renta anual inicial que exceda en más de 5,5 veces el SMI (Salario Mínimo Interprofesional). Aquí, las actualizaciones serán completamente libres entre ambas partes.

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